Art. 59
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO V

Art. 59

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En vigor desde 31 dic 2023
La Administración general de la Comunidad Autónoma realizará de forma periódica campañas de publicidad institucional para promover la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, la corresponsabilidad en las tareas domésticas y de cuidados, la sensibilización contra la violencia de género y la erradicación de todas las formas de violencia de género.
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eli/es-ga/l/2023/11/30/7#art-59