Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 4.ª Igualdad de género en las políticas de seguridad y salud en el trabajo para conseguir el bienestar laboral
Art. 109
109 / 192En vigor desde 31 dic 2023
1. En todos los contenidos formativos en prevención de riesgos laborales se incorporarán unidades didácticas sobre la perspectiva de género y su integración en las políticas preventivas y de promoción de la salud, con la finalidad de abordar las diferencias existentes en relación con los riesgos característicos y las necesidades de mujeres y hombres. Asimismo, se incorporarán contenidos relativos al acoso sexual y al acoso por razón de sexo en el trabajo.
2. En las actuaciones dirigidas a promover y difundir la cultura de la prevención de riesgos laborales en la sociedad gallega, e igualmente en las destinadas a niñas y niños y a la juventud, se incluirán contenidos que promuevan la igualdad y la perspectiva de género vinculada a la seguridad laboral y a la promoción de la salud.
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Proeli/es-ga/l/2023/11/30/7#art-109