Art. 25
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 25

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En vigor desde 13 abr 2023
Las instituciones titulares de los servicios y centros integrantes del Sistema de Lectura Pública de la Comunidad de Madrid, con el amparo de ésta, promoverán mecanismos de cooperación y colaboración, a fin de: a) Impulsar la creación de herramientas de actuación y colaborativas, tanto en la prestación de servicios como en la elaboración de campañas y recursos normativos. b) Fomentar la cooperación institucional y el intercambio profesional, para la creación de productos y servicios comunes. c) Facilitar los contactos con asociaciones profesionales, entidades y organismos nacionales e internacionales, haciendo posible la participación en proyectos de investigación de nuevos productos y servicios. d) Ofrecer apoyo a otras instituciones mediante el préstamo interbibliotecario, asesoramiento técnico, formación de usuarios e, incluso, participando en programas conjuntos.
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