Título TÍTULO II
Art. 18
18 / 66En vigor desde 13 abr 2023
1. La Comunidad de Madrid llevará a cabo las medidas necesarias para dar a conocer el sector de la distribución del libro dentro de su cadena de valor y facilitar su labor.
2. Se promoverán medidas e iniciativas para que el sector de la distribución pueda acceder a programas formativos y mejorar sus cauces de relación con el resto de los integrantes de la cadena del libro y con los lectores.
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Proeli/es-md/l/2023/03/30/7#art-18