Art. 15
Título TÍTULO II

Art. 15

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En vigor desde 13 abr 2023
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería competente en materia del libro y la lectura, y en colaboración con las asociaciones profesionales del sector del libro, promoverá acciones formativas destinadas a los agentes activos de la cadena del libro en aquellos aspectos clave para el sector, desde los de gestión cultural, al respeto de la propiedad intelectual, o los relacionados con la capacitación de nuevos modelos de negocio digitales.
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