Art. 13
Título TÍTULO II

Art. 13

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En vigor desde 13 abr 2023
Con el fin de promover la actualización del sector, la Comunidad de Madrid podrá destinar subvenciones, ayudas reintegrables y otras medidas de apoyo a los proyectos de renovación tecnológica y modernización del sector editorial, y de distribución y venta del libro, incluyendo la edición digital y venta en línea. La Administración de la Comunidad de Madrid prestará especial atención a las iniciativas que exploren nuevas vías de fomento del libro como bien cultural y económico y abran nuevas posibilidades y permitan su presencia en los mercados exteriores.
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