Art. Disposición adicional vigesimosegunda
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional vigesimosegunda

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En vigor desde 10 abr 2022
Los criterios de fin de la condición de residuo incluidos en el Reglamento (UE) n.º 2019/1009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, serán también de aplicación a nivel nacional cuando los residuos incluidos en dicho reglamento se destinen a la fabricación de productos fertilizantes tal como se definen en el Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes. Mediante el desarrollo reglamentario previsto en el artículo 5.1 de esta ley se establecerán las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en su artículo 5.2.
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