Art. Disposición adicional vigésima
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional vigésima

138 / 166
En vigor desde 10 abr 2022
Los sistemas de responsabilidad ampliada del productor no se encuentran incluidos en el apartado 2 del anexo III de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, en tanto no tengan la consideración de gestor de residuos ni se dediquen a la supervisión de las operaciones de gestión de residuos, entendiendo por tal el control de dicha actividad o el poder económico determinante sobre el funcionamiento técnico de la misma, en los términos establecidos en la propia Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2022/04/08/7#disposicion-adicional-vigesima