Art. 70
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 70

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En vigor desde 1 ene 2023
Lo establecido en este capítulo I se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados y convenios internacionales que hayan pasado a formar parte del ordenamiento interno, de conformidad con el artículo 96 de la Constitución Española.
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