Art. 3
Título TÍTULO I

Art. 3

3 / 48
En vigor desde 10 sept 2022
El ámbito de aplicación de esta ley es el correspondiente al ejercicio de las competencias de la comunidad autónoma de las Illes Balears, así como al ámbito de aplicación subjetivo, en materia de investigación, innovación y desarrollo científico y técnico.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/2022/08/05/7#art-3