Art. Disposición adicional décima
Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición adicional décima

40 / 46
En vigor desde 21 dic 2022
En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta ley, se procederá a la constitución del Consejo Aragonés de la Economía Social en los términos y conforme al procedimiento establecido en la misma.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ar/l/2022/12/01/7#disposicion-adicional-decima