Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 28
28 / 46En vigor desde 21 dic 2022
1. Las personas titulares y suplentes integrantes del Consejo Aragonés de la Economía Social serán nombradas y cesadas por la persona titular del departamento competente en materia de economía social, a propuesta de la entidad u órgano al que le corresponde o de las decisiones derivadas del propio Consejo.
2. La duración del mandato de las personas integrantes del Consejo Aragonés de la Economía Social será de cuatro años, renovándose a la finalización de este período, sin perjuicio de su reelección.
3. Las personas integrantes del Consejo Aragonés de la Economía Social podrán ser sustituidas a iniciativa de la entidad u órgano al cual le corresponde realizar la propuesta de nombramiento.
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Proeli/es-ar/l/2022/12/01/7#art-28