Art. Disposición adicional tercera
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 2 ene 2022
En relación con los procedimientos, recursos, forma y contenido de los actos y disposiciones de la Cámara de Cuentas que no sean adoptados en el ejercicio de la función fiscalizadora, resultará de aplicación lo establecido en la legislación básica sobre procedimiento administrativo común y régimen jurídico del sector público.
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