Art. Disposición transitoria primera

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 27 jul 2020
Los órganos y entidades afectados por la creación de la Agencia de la Naturaleza de Cataluña mantienen su adscripción orgánica o naturaleza jurídica y continúan cumpliendo sus funciones hasta la entrada en vigor del reglamento que regule su estructura dentro de la Agencia y, si procede, el régimen de gestión desconcentrada.
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