Art. Disposición adicional séptima

Art. Disposición adicional séptima

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En vigor desde 27 jul 2020
Para constituirse los órganos que derivan de la presente ley, debe cumplirse lo establecido por la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres, con respecto a la paridad mínima.
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