Art. Disposición adicional quinta
14 / 22En vigor desde 27 jul 2020
La Agencia de la Naturaleza de Cataluña y el departamento competente en materia de espacios agrarios deben establecer los mecanismos de coordinación y colaboración necesarios para la gestión de los espacios agrarios, de acuerdo con la Ley 3/2019, de 17 de junio, de los espacios agrarios, teniendo en cuenta su aptitud productiva y la necesaria gestión y protección del medio natural, de acuerdo con la legislación ambiental.
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Proeli/es-ct/l/2020/07/02/7#disposicion-adicional-quinta