Art. 82
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO II

Art. 82

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En vigor desde 1 may 2019
La planificación y ordenación de los recursos humanos, en el ámbito del Sistema Sanitario Público del Principado de Asturias, tendrá en cuenta los siguientes criterios generales: a) La garantía de la prestación de servicios a todos los usuarios del Sistema Sanitario Público del Principado de Asturias. b) La participación de todos los empleados del Sistema Sanitario Público del Principado de Asturias en la mejora continua y la innovación del mismo. c) La igualdad de género y no discriminación por ninguna causa. d) La transparencia en la gestión de los recursos humanos. e) La estabilidad del empleo. f) El trabajo en equipo y la cooperación multidisciplinar e interprofesional. g) La gestión por competencias como base de todas las actividades de la función de gestión de los recursos humanos, como corresponde a una organización de gestión del conocimiento. h) La negociación colectiva.
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