Art. 137
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª De los medios materiales y régimen patrimonial

Art. 137

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En vigor desde 1 may 2019
El Sespa formará un inventario de bienes y derechos, propios, afectados o adscritos que permita conocer en todo momento la naturaleza y características, así como el uso y destino de los mismos.
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