Título TÍTULO PRELIMINAR›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 5
5 / 63En vigor desde 2 may 2019
1. De acuerdo con los principios informadores establecidos en el artículo anterior, el objetivo de esta ley es establecer el marco normativo necesario para favorecer y fomentar la iniciativa, establecimiento y desarrollo del emprendimiento y el autoempleo en Aragón.
2. Para su cumplimiento, la Comunidad Autónoma de Aragón implantará y desarrollará las acciones necesarias para alcanzar los siguientes objetivos:
a) Fomentar y potenciar el emprendimiento y definir la figura del emprendedor.
b) Impulsar el emprendimiento y el trabajo autónomo, prestando especial atención al asesoramiento, la orientación y el fomento del espíritu emprendedor.
c) Favorecer la formación y reciclaje profesional que garanticen la adecuada y continua capacitación del trabajador autónomo en la actividad que desarrolle, así como en el uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación, instalando las infraestructuras de conexión oportunas por todo el territorio.
d) Establecer medidas para generar un marco jurídico favorable para la creación y la consolidación de empresas y el autoempleo a través de la simplificación normativa y administrativa y la coordinación de políticas, medidas y servicios de apoyo a emprendedores y autónomos.
e) Instrumentar medidas de apoyo económico y financiero suficientes que faciliten el desarrollo y mantenimiento de los emprendedores y autónomos en el territorio
f) Favorecer la viabilidad y competitividad de los nuevos proyectos.
g) Coordinar las acciones llevadas a cabo por los distintos departamentos y unidades administrativas de la Administración de la Comunidad Autónoma, así como con el resto de Administraciones públicas y entidades públicas y privadas, a favor de las personas emprendedoras y autónomos.
h) Centralizar el acceso a la información y el asesoramiento para emprendedores y autónomos, incentivando la participación en redes.
i) Impulsar el emprendimiento en sectores innovadores con alto potencial de crecimiento y generación de valor en el territorio.
j) Promover el intraemprendimiento o emprendimiento corporativo, como motor de transformación e innovación en las empresas.
k) Impulsar la segunda oportunidad empresarial para aprovechar el potencial de creación de empresas de las personas que tienen experiencia en los procesos de emprendimiento a través de planes de apoyo y tutorización.
l) Realizar estudios y prospecciones del tejido productivo aragonés al objeto de identificar las necesidades económicas y profesionales demandadas por la sociedad aragonesa y que puedan ser satisfechas mediante el desarrollo de fórmulas de trabajo autónomo.
m) Mejorar la seguridad y salud del trabajo autónomo, y coordinar las actividades preventivas de los riesgos laborales.
n) Fomentar los instrumentos de solución autónoma de los conflictos por medio del establecimiento de mecanismos de mediación y arbitraje.
ñ) Mejorar la protección social del trabajo autónomo en el ámbito de las competencias de la Comunidad Autónoma de Aragón.
o) Impulsar medidas específicas de apoyo al emprendimiento y trabajo autónomo en el medio rural, y medidas destinadas a jóvenes, mujeres, personas con discapacidad, mayores de cuarenta y cinco años, migrantes, desempleados de larga duración o personas en situación o en riesgo de exclusión social.
p) Fomentar y apoyar los movimientos asociativos en Aragón para la defensa y representación de los intereses de los trabajadores autónomos, e impulsar su participación, así como de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en Aragón, en el desarrollo de las iniciativas para fomentar el emprendimiento y trabajo autónomo en la Comunidad Autónoma.
q) Fomentar los instrumentos de apoyo al relevo generacional y al emprendedor de segunda oportunidad.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2019/03/29/7#art-5