Art. 4
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 4

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En vigor desde 8 ago 2018
1. El Instituto Balear de Seguridad y Salud Laboral extiende su actuación a todas las ramas de la actividad económica en que haya personas trabajadoras ocupadas, incluyendo las administraciones públicas, en sus centros de trabajo establecidos en la comunidad autónoma de las Illes Balears. Asimismo, extiende su actuación a las cooperativas, con las particularidades derivadas de su normativa específica. 2. El Instituto también lleva a cabo actividades de promoción de la prevención de riesgos laborales en relación con las personas trabajadoras por cuenta propia.
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