Art. 26
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 26

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El derecho a la propia imagen de los miembros de la entidad local, del personal de la misma y del público que asistan al Pleno, no impedirá la captación, reproducción o publicación de su desarrollo, dado que constituye un acto público, que se celebra en un lugar abierto al público y en el que participan cargos públicos
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