Art. Disposición final segunda
46 / 46En vigor desde 6 ago 2017
Esta Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Butlletí Oficial de las Illes Balears».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2017/08/03/7#disposicion-final-segunda