Art. Disposición final segunda
Título TÍTULO VI

Art. Disposición final segunda

70 / 71
En vigor desde 5 ene 2019
En el plazo de doce meses desde la entrada en vigor de esta Ley, los municipios andaluces aprobarán o, en su caso, adaptarán los reglamentos de participación a lo dispuesto en la misma.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-an/l/2017/12/27/7#disposicion-final-segunda