Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª Exclusión de una entidad de los listados de entidades acreditadas
Art. 34
34 / 57En vigor desde 5 nov 2017
La exclusión de una entidad del listado nacional de entidades será notificada a la Comisión Europea en la forma prevista en el artículo 32.
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Proeli/es/l/2017/11/02/7#art-34