Art. 5
Título TÍTULO I

Art. 5

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En vigor desde 1 ene 2018
El cumplimiento de esta ley en materia de ahorro y eficiencia energética requiere la utilización de una serie de instrumentos técnicos, jurídicos, económico-financieros, de planificación y de información. Por ello, el Gobierno establecerá una serie de instrumentos de promoción del ahorro y la eficiencia energética, entre los que se deberán incluir: a) Planes de ahorro y eficiencia energética. b) Incentivos económicos y/o financieros. c) Incentivos a la I+D+i. d) Campañas de información y concienciación.
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eli/es-ga/l/2017/12/14/7#art-5