Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 62
62 / 82En vigor desde 24 ago 2017
El régimen disciplinario para el personal funcionario de las Policías Locales de Extremadura será el establecido en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para el Cuerpo Nacional de Policía.
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Proeli/es-ex/l/2017/08/01/7#art-62