Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 25
25 / 49En vigor desde 30 abr 2015
Las bibliotecas públicas del Estado en Zaragoza, Huesca y Teruel, de titularidad estatal y gestionadas por la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación estatal vigente y el Convenio suscrito con la Administración general de Estado, asumirán las funciones propias de biblioteca pública, las encomendadas por el Estado y todas aquellas que se puedan atribuir desde la administración gestora, de acuerdo con el Mapa de Bibliotecas de Aragón.
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Proeli/es-ar/l/2015/03/25/7#art-25