Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 10 abr 2015
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Diari Oficial de la Comunitat Valenciana». No obstante, el primer ejercicio presupuestario de aplicación de lo dispuesto en su capítulo III será 2015.
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