Art. Disposición adicional duodécima
Título TÍTULO X

Art. Disposición adicional duodécima

147 / 162
En vigor desde 14 jun 2015
Las publicaciones que son exigibles, por aplicación de las leyes, en los boletines oficiales de Canarias y de las provincias, serán de carácter gratuito.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cn/l/2015/04/01/7#disposicion-adicional-duodecima