Art. 85
Título TÍTULO IV

Art. 85

85 / 101
En vigor desde 31 oct 2014
Por la comisión de infracciones en materia de defensa del consumidor se podrán imponer las siguientes sanciones: a) Multa de 300 euros a 4.500 euros en caso de infracciones leves. b) Multa de 4.500,01 euros a 24.000 euros en caso de infracciones graves y se puede sobrepasar esta cuantía hasta llegar al quíntuple del valor de los productos o servicios objeto de la infracción. c) Multa de 24.000,01 euros a 660.000 euros en caso de infracciones muy graves, pudiendo rebasarse dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuple del valor de los bienes o servicios objeto de la infracción.
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