Capítulo CAPÍTULO XXXIV
Art. Disposición adicional cuarta
187 / 211En vigor desde 1 ene 2015
Desde su puesta en funcionamiento, el Instituto Valenciano de Administración Tributaria quedará subrogado en la posición jurídica de la conselleria competente en materia de Hacienda en todos los convenios o instrumentos jurídicos que afecten al ámbito de las competencias de aquel.
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Proeli/es-vc/l/2014/12/22/7#disposicion-adicional-cuarta