Art. 55
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección primera. Disposiciones generales

Art. 55

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En vigor desde 1 ene 2015
Corresponde a la persona titular de la conselleria competente en materia de hacienda, además de la fijación de la política tributaria, atendiendo a las directrices trazadas por el Consell, el establecimiento de las directrices de actuación del Instituto, a través de la aprobación del plan plurianual de gestión y del programa anual de actuación.
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