Art. Disposición adicional quinta
Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional quinta

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En vigor desde 2 ene 2015
La Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha destinará a las políticas en favor de las personas con discapacidad, sus familias y entidades que las representan, el 1 % del Producto Interior Bruto de Castilla-La Mancha. Para dicho cálculo se excluirán las aportaciones del Estado para la financiación de sus competencias exclusivas. Dicho porcentaje deberá ser efectivo en el año 2020 y sucesivos y se ajustará a lo previsto en la normativa vigente sobre estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
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