Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 1
1 / 101En vigor desde 2 ene 2015
La presente Ley tiene por objeto:
a) Garantizar la igualdad de oportunidades y la efectividad de los derechos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad en Castilla-La Mancha, orientando la actuación de los poderes públicos a la promoción y atención de su bienestar, la mejora significativa de su calidad de vida personal y familiar, el fomento de su autonomía personal e inclusión social en todos los ámbitos de su vida.
b) Eliminar y corregir toda forma de discriminación en los sectores público y privado.
c) Asegurar la transversalidad del principio de igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad en todas las actuaciones de los poderes públicos relativas a la atención de las personas con discapacidad.
d) Establecer, en el marco de la normativa básica estatal, el régimen de infracciones y sanciones que garantizan las condiciones básicas en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad.
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Proeli/es-cm/l/2014/11/13/7#art-1