Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 23
23 / 90En vigor desde 21 oct 2013
Las acciones desarrolladas y los instrumentos de intervención utilizados por los entes locales para el ejercicio de sus competencias y para la prestación de los servicios públicos, deberán ser equilibrados y proporcionados a los fines perseguidos y a las necesidades públicas atendidas.
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Proeli/es-cl/l/2013/09/27/7#art-23