Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 9
9 / 146En vigor desde 28 feb 2014
Una vez presentada ante la administración competente la solicitud, la comunicación previa o la declaración responsable que corresponda acompañada de la documentación técnica, ésta adquiere el carácter de documento oficial, y de la exactitud y de la veracidad de los datos técnicos consignados responde el técnico o la técnica que la suscribe. La persona titular responde del mantenimiento de las condiciones que en ella se imponen.
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Proeli/es-ib/l/2013/11/26/7#art-9