Art. 6
6 / 28En vigor desde 27 jun 2013
Se declara a todos los efectos la utilidad pública e interés social de las actuaciones que, para la consecución de los objetivos establecidos en la presente Ley, deban acometer las Administraciones públicas en el interior del Parque Nacional y su Zona Periférica de Protección.
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Proeli/es/l/2013/06/25/7#art-6