Art. Disposición transitoria cuarta
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria cuarta

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En vigor desde 11 oct 2012
Durante el año 2012 no se concederán por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón subvenciones para la realización de actividades sindicales a favor de las organizaciones sindicales con representación en los diferentes ámbitos sectoriales de esta Administración.
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