Art. Disposición adicional segunda
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 11 oct 2012
La supresión de la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal sanitario en formación por el sistema de residencia se entenderá practicada sobre los conceptos que la componen según el artículo 7 del Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre.
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