Art. Disposición adicional primera
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 29 nov 2012
Con periodicidad anual, el Consell comparecerá ante Les Corts para informar de la ejecución de las medidas contempladas en la presente ley, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 35 de la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
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