Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 70
74 / 87En vigor desde 29 nov 2012
La Generalitat, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, establecerá las políticas dirigidas a erradicar la violencia que se ejerce contra las mujeres.
El departamento competente en materia de violencia sobre la mujer será el responsable de coordinar las actuaciones que en esta materia se lleven a cabo en el territorio de la Comunitat Valenciana. Todo ello sin perjuicio de las competencias atribuidas a otras Administraciones e instituciones y en colaboración con los entes locales, agentes sociales, entidades y asociaciones que desarrollen sus actividades en este campo.
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Proeli/es-vc/l/2012/11/23/7#art-70