Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 21
23 / 87En vigor desde 29 nov 2012
Por prevención de la violencia sobre la mujer se entenderá, en esta ley, el conjunto de actividades o medidas que pueden adoptarse en todas las esferas de ámbito social con el fin de evitarla.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2012/11/23/7#art-21