Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional tercera
23 / 38En vigor desde 29 may 2014
1. (Derogado)
2. (Derogado)
3. Se modifica la letra a) del punto 3 del artículo 89 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, que queda redactado de la siguiente forma:
«a) El de la administración hidrológica sobre disponibilidad de agua potable, en cantidad y calidad, y suficiencia de la capacidad de la red de saneamiento y depuración, en relación con la población prevista en las actuaciones de urbanización que se propongan; así como sobre la protección del dominio público hidráulico.»
4. (Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.2 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo. Ref. BOE-A-2014-6438 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2012/06/13/7#disposicion-adicional-tercera