Art. 51
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 7.ª Otros archivos integrados en el Sistema Archivístico de Andalucía

Art. 51

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En vigor desde 1 dic 2011
La inclusión de un archivo distinto de los contemplados en las secciones anteriores en el Sistema Archivístico de Andalucía se producirá a petición de las personas físicas o jurídicas públicas o privadas interesadas, y se resolverá, en un plazo no superior a seis meses, de acuerdo con el procedimiento y con los requisitos que se establezcan en las normas que desarrollen el procedimiento de integración. Sección 8.ª Censo de Archivos de Andalucía
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