Art. 81
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección segunda. Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural

Art. 81

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En vigor desde 31 dic 2011
1. El Consejo de Administración es el órgano superior colegiado de gobierno, dirección y control de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural. Está formado por la presidencia, las vocalías y la secretaría. 2. Corresponde al Consejo de Administración: a) Aprobar las bases reguladoras y las convocatorias de ayudas, y otorgar las ayudas. b) Aprobar el anteproyecto de programa de actuación, de inversiones y de financiación, el presupuesto de explotación y de capital, las cuentas anuales, la liquidación final de los presupuestos del ejercicio y la memoria de actividades. c) Nombrar el administrador o administradora y supervisar su gestión. d) Aprobar la plantilla y el régimen retributivo del personal. e) Aprobar los precios de los servicios que preste la Oficina. f) Establecer convenios con entidades públicas y privadas para alcanzar los objetivos de la Oficina. g) El resto de atribuciones que le otorguen los estatutos. Se modifica el apartado 2.a) por el de la Ley 11/2011, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-548 .

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Pro

eli/es-ct/l/2011/07/27/7#art-81