Art. 53
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección primera. Impuesto sobre la renta de las personas físicas

Art. 53

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En vigor desde 30 jul 2011
Se añade un inciso al final del apartado 1 del artículo 21 de la Ley 26/2009, con el siguiente texto: «En caso de declaración conjunta, el importe máximo de deducción es de 10.000 euros por cada contribuyente de la unidad familiar que ha efectuado la inversión.»
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