Ley 7/2011, de 27 de julio, de Medidas Fiscales y Financieras
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Ley 7/2011, de 27 de julio, de Medidas Fiscales y Financieras
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Índice de la norma
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Medidas fiscales
capo CAPÍTULO ITributos propios
sezione Sección primera. Gravamen de protección civil
sezione Sección segunda. Cánones sobre la disposición del desperdicio de los residuos municipales
sezione Sección tercera. Tasas
paragrafo Subsección primera. Tasa por la verificación previa a la admisión de valores a negociación exclusivamente en los mercados de valores situados en Cataluña
paragrafo Subsección segunda. Tasa por las reproducciones de documentos del Archivo Nacional de Cataluña, de los archivos históricos provinciales y de los archivos comarcales
paragrafo Subsección tercera. Tasa por la expedición de títulos académicos y profesionales
paragrafo Subsección cuarta. Tasa por la prestación de los servicios docentes de las escuelas oficiales de idiomas
paragrafo Subsección quinta. Tasa por la homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros en enseñanzas no universitarias
paragrafo Subsección sexta. Tasa por la matriculación en enseñanzas de idiomas en la modalidad a distancia
paragrafo Subsección séptima. Tasa por la prestación de los servicios docentes de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales de Cataluña en las enseñanzas de grado y de máster adaptadas al Espacio Europeo de la Educación Superior
paragrafo Subsección octava. Tasa por la expedición de licencias de caza, matrículas de áreas de caza y precintos de artes para la caza
paragrafo Subsección novena. Tasa por la ocupación de terrenos forestales propiedad de la Generalidad adscritos al Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural
paragrafo Subsección décima. Tasa por la ocupación de caminos ganaderos clasificados
paragrafo Subsección undécima. Tasa por la emisión de las declaraciones de impacto ambiental y las resoluciones que determinan la no necesidad de someter un proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental
paragrafo Subsección duodécima. Tasa por informes e inspección
paragrafo Subsección decimotercera. Tasa por la obtención de la etiqueta ecológica de la Unión Europea
paragrafo Subsección decimocuarta. Tasa por los servicios de autorización ambiental de actividades
paragrafo Subsección decimoquinta. Tasa por la expedición de la cédula de habitabilidad
paragrafo Subsección decimosexta. Tasa para la inspección técnica de edificios de viviendas
paragrafo Subsección decimoséptima. Tasa por la prestación de servicios en materia de juego y apuestas
paragrafo Subsección decimoctava. Tasa por la prestación de servicios en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas
paragrafo Subsección decimonovena. Tasa por el servicio de guarda de vehículos del Patronato de la Montaña de Montserrat
paragrafo Subsección vigésima. Tasa por el permiso de pesca
paragrafo Subsección vigésima primera. Tasa por la licencia de pesca recreativa y profesional
paragrafo Subsección vigésima segunda. Tasa por la prestación de servicios y la realización de actividades por el Departamento de Interior en materia de seguridad privada
paragrafo Subsección vigésima tercera. Tasa por la habilitación acreditativa de los bomberos de empresa y del personal técnico competente para elaborar planes de autoprotección, así como de los centros de formación
paragrafo Subsección vigésima cuarta. Tasa por la acreditación de competencias en tecnologías de la información y la comunicación
paragrafo Subsección vigésima quinta. Tasa por la prestación de servicios y la realización de actividades relativas en la zona de servidumbre de protección
paragrafo Subsección vigésima sexta. Tasa por la ejecución de obras, edificaciones e instalaciones en el dominio público portuario
paragrafo Subsección vigésima séptima. Tasa por la tramitación de concesiones en el dominio público portuario
paragrafo Subsección vigésima octava. Tasa por la tramitación de concesiones de ocupación, o de sus modificaciones, en el dominio público marítimo-terrestre
paragrafo Subsección vigésima novena. Tasa por la tramitación de autorizaciones de ocupación del dominio público marítimo-terrestre o autorizaciones dentro del ámbito de concesiones en el dominio público marítimo-terrestre
paragrafo Subsección trigésima. Tasa por la ocupación privativa del dominio público portuario adscrito a servicios portuarios de la Generalidad de Cataluña
paragrafo Subsección trigésima primera. Tasa por la ejecución de obras e instalaciones en la franja de servicio náutico de las marinas interiores de las urbanizaciones marítimo-terrestres
paragrafo Subsección trigésima segunda. Tasa para la explotación de las instalaciones marítimas o zonas de anclaje en el dominio público marítimo-terrestre
paragrafo Subsección trigésima tercera. Tasa de almacenaje de mercancías (T02)
paragrafo Subsección trigésima cuarta. Tasa de entrada y estancia de barcos (TA1)
paragrafo Subsección trigésima quinta. Tasa de atracada de embarcaciones (TA2)
paragrafo Subsección trigésima sexta. Tasa de carga, descarga, transbordo y tránsito de mercancías (TA3M)
paragrafo Subsección trigésima séptima. Tasa de las embarcaciones deportivas o de ocio (TA5)
sezione Sección cuarta. Canon del agua
capo CAPÍTULO IITributos cedidos
sezione Sección primera. Impuesto sobre la renta de las personas físicas
sezione Sección segunda. Impuesto sobre sucesiones y donaciones
Medidas relativas al régimen jurídico de las finanzas públicas
capo CAPÍTULO IGestión financiera y control
capo CAPÍTULO IINormas patrimoniales
sezione Sección primera. Patrimonio
sezione Sección segunda. Otras normas patrimoniales
capo CAPÍTULO IIIOtras modificaciones de leyes sustanciales
sezione Sección primera. Entidades de derecho público de la Generalidad
sezione Sección segunda. Renta mínima de inserción
sezione Sección tercera. Urbanismo
capo CAPÍTULO IVRégimen jurídico de los centros CERCA y de la ICREA
sezione Sección primera. Régimen general
sezione Sección segunda. Los centros CERCA y la ICREA del sector público
capo CAPÍTULO VRégimen jurídico de las entidades del sector público de la salud
capo CAPÍTULO VIEntidades culturales
sezione Sección primera. La Agencia Catalana del Patrimonio Cultural
sezione Sección segunda. Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural
capo CAPÍTULO VIIEstabilidad presupuestaria