Art. Disposición final octava
Título TÍTULO VI

Art. Disposición final octava

93 / 93
En vigor desde 1 may 2010
La presente Ley entrará en vigor en el plazo de un mes desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2010/03/31/7#disposicion-final-octava