Art. 84
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 4.ª Las Enseñanzas Artísticas Superiores

Art. 84

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En vigor desde 17 ago 2010
La organización, el acceso y las titulaciones de las enseñanzas artísticas superiores se realizarán de acuerdo con lo dispuesto en la sección 3ª del capítulo VI del título I de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
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