Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 104
104 / 191En vigor desde 16 abr 2025
La programación general anual explicitará las prioridades y actuaciones para cada curso escolar desde su inicio, con el fin de garantizar el desarrollo coordinado de todas las actividades educativas del centro.
El plan de mejora, contendrá, a partir del análisis de los diferentes procesos de evaluación del alumnado y del propio centro, las estrategias y actuaciones necesarias para mejorar los resultados educativos y los procedimientos de coordinación y de relación con las familias y el entorno. Se revisará anualmente.
El contenido de ambos documentos será establecido por la Consejería competente en materia de educación.
Se modifica por la disposición adicional 6.2 de la Ley 2/2025, de 11 de abril. Ref. BOE-A-2025-11442
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2010/07/20/7#art-104